Distintas organizaciones de la sociedad civil estamos movilizadas y coordinando acciones para hacer posible la extradición al Perú del prófugo de la justicia, Alberto Fujimori Fujimori. Ahora mas que nunca se hace indispensable compartir información sobre los delitos de los que se le acusa a Fujimori y realizar actos que promuevan la solidaridad con esta causa, y generen mecanismos de presión a las distintas autoridades que tienen a su cargo el deber de devolver a Fujimori al Perú.

miércoles, enero 30, 2008

¿QUÉ VA QUEDANDO EN CLARO?


spedraglio@peru21.com

¿Qué va quedando en claro?

Aseis semanas de iniciado el juicio contra el ex presidente Alberto Fujimori, y tomando en cuenta lo difundido en los medios de comunicación, vale la pena preguntarse cuánto se han solidificado las acusaciones en relación con los presuntos delitos por los que está siendo juzgado: las detenciones-secuestros luego del golpe de Estado de 1992 y las matanzas de Barrios Altos y de La Cantuta.

Las acusaciones aparecen sólidas, sobre todo en lo referido a las "detenciones". El abogado Carlos Rivera reseña, por ejemplo, en un artículo publicado el último viernes, la declaración del general en retiro de la Policía Nacional Carlos Domínguez, director de Contrainteligencia del Servicio de Inteligencia Nacional en 1992, quien, "a pesar de ser un testigo de la defensa, en su testimonio señaló que el 27 de julio de 1992 acudió al aeropuerto Jorge Chávez para trasladar al empresario Samuel Dyer 'por orden del presidente de la República' hacia las instalaciones del Servicio de Inteligencia del Ejército" ("Balance del juicio a Fujimori", en www.justiciaviva.org.pe). En cuanto a si las detenciones fueron tales o secuestros, las declaraciones de César Barreda, Gustavo Gorriti, Samuel Dyer y, sobre todo, las de Jorge del Castillo, son también convincentes.
En relación con Barrios Altos y La Cantuta, las declaraciones de los ex integrantes del grupo Colina -la gran mayoría convocados por la defensa- dejan en claro que no era un destacamento paramilitar sino un grupo de acción regular, instrumento de una política institucional, y que sus acciones eran conocidas por sus superiores. Más aún: el audio aportado por Ricardo Uceda es una demostración de que la amnistía para estos agentes, aprobada en 1995, fue 'cocinada' desde 1994 con la participación de Fujimori, según todo lo indica.

La estrategia defensiva del "no recuerdo", "no conozco", "no estuve informado", poco o nada puede hacer ante estos testimonios. Por lo demás, la propia vanidad del acusado y la constatación visible de su irrefrenable afán de protagonismo durante sus años de mandato (recuérdesele paseando entre los cadáveres de los emerretistas luego del rescate de rehenes) son argumentos que, desde el sentido común, hacen polvo su ampay me salvo.

Pero, volviendo al terreno jurídico, por lo que se ha podido ver hasta ahora, la figura que se aplicaría para condenar a Fujimori sería la de "autor mediato", es decir, la del personaje que tomó decisiones centrales, de política u otra índole, y que desde su posición privilegiada o de "dominio" (presidente de la República y jefe supremo de las Fuerzas Armadas), aprobó o dejó que se cometieran delitos en relación con los casos por los que se le juzga.